Punteo para la elaboración de una modificación a la ley que subsidia la capacitación en Chile

Autor: Francisco Bascuñán Letelier | Fecha: 1997-07-15 | ID: 632 | Categoría: Cosmos | Tema: Interés público | Tipo: Ideas, propuestas y proyectos

Este punteo de ideas tiene por objeto presentar al Consejo Regional de Capacitación una base para que proponga una modificación a la actual ley de subsidio a la capacitación, con el objeto de formar una "Asociación de Fondos para la Capacitación", logrando mayor eficiencia en su aplicación.

VARIABLES MACROECONÓMICAS VISTA DESDE UN PUNTO DE VISTA PRODUCTIVO
La inflación se puede definir como "el hecho de gastar más de lo que se produce". Visto desde este punto de vista, para conseguir un desarrollo sano y sustentable, es decir sin inflación y con una buena distribución del producto, se requiere indefectiblemente una mayor eficiencia de los trabajadores. Pretender ganar más de lo que gana actualmente, sin aumentar su producción, equivale a producir inflación y por ese medio baja su poder adquisitivo automática y precisamente, hasta el nivel actual. La mejor distribución pasa necesariamente por un aumento de la productividad, y ésta, por la capacitación.

VOLUNTAD POLÍTICA
Es de toda evidencia, que la problemática de la capacitación es un proyecto de Estado. Por muy solidario que sea nuestro pueblo, se encuentra en una encrucijada tremendamente difícil de resolver si no es en base a un proyecto de Estado y además en que los actores sean parte importante, preponderante y decidor en este proyecto. Existe una ley que subsidia la capacitación hasta en el 1% de los salarios de los trabajadores de nuestro país; pero existe un gran pero o mejor dicho dos grandes peros, uno es que este monto es un préstamo que los empresarios aportan a este plan para que le sea devuelto al tiempo del pago de impuestos, y el otro pero es que los beneficiarios son los trabajadores que elige la empresa. El resultado no es bueno toda vez que el porcentaje de los montos usados en capacitación con respecto a los disponibles, es muy bajo. Se requiere de una voluntad política, por parte del Estado de colocar la totalidad de los fondos disponibles, o sea el 1% de todos los sueldos del país a disposición de la capacitación.

LA FUERZA DE LA PALANCA, EJERCIDA EN EL CORRECTO PUNTO DE APLICACIÓN
El subsidio debe ser aplicado a la demanda y no a la oferta. El 1% de subsidio que es acreedor un trabajador por el hecho de trabajar en Chile, es un beneficio que le pertenece y como tal, es dueño de ese beneficio o de ese bien. Se propone que este bien sea un bien transable, y por ende, se pueda vender, regalar, heredar, transferir, etc. de acuerdo a la ley. Por consiguiente, se propone que se subsidie al trabajador con el 1% de su sueldo (ver la posibilidad de subir al 2%) contra un bono endosable de capacitación que puede, y sólo puede, ser canjeable por un equivalente de capacitación ante instituciones acreditadas por el Estado (OTIS). El trabajador como dueño de su destino, es el mejor indicado para resolver sobre su propia capacitación y su mejor estándar de vida. El actual estado de subsidio a los trabajadores vía empresas sigue igual, y que como decíamos, es de menor monto.

DESARROLLO DE LAS AFC Y DE LA SUPERINTENDENCIA DE CAPACITACIÓN
Se propone que este 1% de los salarios, según los bonos antedicho, sea destinado por el Estado para ser depositado en las cuentas de cada trabajador que obligatoriamente tendrán en diferentes "Asociaciones de Fondo para Capacitación" (AFC) autorizadas, y a elección de los propios trabajadores. Estas asociaciones corresponderían a los actuales OTIRES. Es decir, cada trabajador junto con informar a las Empresas sobre la AFP a la cual pertenece, le informa al Estado sobre cual de las AFC ha elegido para que le maneje su ahorro de capacitación. Estas AFC serían instituciones financieras que manejarán fondos de terceros para obtener, por esa vía, aun mayores beneficios para los ahorrantes. Los montos acumulados en cada cuenta pueden ser transferido de una cuenta a otra con la autorización de los dueños de las respectivas cuentas, pero sólo se pueden retirar a través de los OTIRES después de realizada una capacitación. Toda esta institucionalidad estaría bajo el estricto control de una Superintendencia que no sería otra que el actual SENCE.

CONOCIMIENTO DEL PROYECTO
El presente punteo tiene por objeto darlo a conocer al Consejo Regional de Capacitación, Región de Coquimbo, para ser discutido, evaluado y, de ser aprobado, presentarlo a las autoridades del caso para que se transforme en ley de la República. Desde ya se piensa en una presentación al Consejo Nacional de Capacitación, a la Presidencia de la República, a los diferentes partidos políticos y parlamentarios de la región.

En La Serena a 15 de Julio de 1997.

Francisco Bascuñán Letelier
Presidente
(En representación de la Cámara Chilena de la Construcción)
Consejo Regional de Capacitación
Región de Coquimbo

P.D.: ESTE DOCUMENTO, PRESENTADO AL CONCEJO REGIONAL POR SU PRESIDENTE, FUE RECHAZADO POR EL RESTO DE SUS MIEMBROS (INCLUIDOS LOS REPRESENTANTES DEL SENCE).

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